Brigadas Internacionales de Paz (PBI) Guatemala quiere llamar la atención y compartir su profunda preocupación debido a la cancelación de la residencia temporal en Guatemala a dos personas del equipo de voluntarias y voluntarios de PBI en el país. Se trata de una medida adoptada por la Subdirección de Operaciones de Extranjería, de la Dirección General de Migración (DGM) - Ministerio de Gobernación, en dos resoluciones del 1 de julio, sin que consten las razones o hechos que motivan la decisión. La situación resultante, afecta a ambas personas y a su estatus migratorio, así como a la labor de acompañamiento y observación internacional para la defensa de derechos humanos que PBI realiza en Guatemala desde hace más de 30 años.
El 1 de julio 2014, dos integrantes del equipo de PBI, de nacionalidad chilena y española, se presentaron ante la institución mencionada, que les había citado mediante notificación escrita de 25 de junio (recibida el 26) con el fin de proporcionar, respectivamente, “información referente a su Residencia Temporal”. Durante la reunión, en presencia de la representante legal de PBI en el país y de un abogado, ambas personas fueron informadas de que quedaba cancelada su residencia temporal y que contaban con un plazo de 10 días para abandonar el país. Sin embargo, las resoluciones que recibieron por escrito carecen de razonamiento alguno sobre hechos concretos que fundamenten la decisión adoptada.
PBI cuenta con personería jurídica en Guatemala desde 19951, y está debidamente registrada y acreditada ante las instancias públicas competentes, contando con representación legal y capacidad de obrar y actuar en el marco de su mandato y misión. Cada voluntario y voluntaria de PBI inicia el trámite de solicitud de residencia temporal a su llegada al país cumpliendo con la normativa migratoria. En todo momento, PBI y sus voluntarios y voluntarias en Guatemala actúan dentro del marco legal. Regularmente, las autoridades nacionales son informadas de nuestro quehacer en el país y en el exterior.
El voluntario y la voluntaria de PBI a quienes se refieren las resoluciones, mantuvieron presencia internacional en La Puya el 23 de mayo y observaron el desalojo violento del plantón de la Resistencia Pacífica de la Puya, sobre el cual PBI alertó en junio2. Representantes de la DGM presentes en La Puya en el momento del desalojo, se retiraron del lugar sin dirigirse directamente a las personas interesadas, tras comprobar que su situación migratoria estaba en orden mediante la verificación de su documentación identificativa por agentes de policía.
En las semanas siguientes, varios medios de comunicación guatemaltecos se expresaron de forma difamatoria en contra de “extranjeros” y organizaciones internacionales. Nos preocupa que la decisión de retirar la residencia temporal a dos integrantes del equipo de PBI pueda tener relación con informaciones falsas recogidas en medios de comunicación sobre el trabajo de observación internacional durante el desalojo.
En el actual contexto caracterizado por el cierre de espacios para defensores y defensoras de derechos humanos, nos preocupa asimismo que las resoluciones mencionadas perjudiquen las posibilidades de acompañamiento y observación internacional para contribuir a proteger espacios no-violentos de resolución de conflictos y de promoción y reivindicación de los derechos humanos en Guatemala. La labor que desarrolla PBI en el país responde, en todo caso, a la petición de organizaciones y actores sociales que tienen derecho a defender tales derechos, y a solicitar acompañamiento y observación internacional cuando debido a ello enfrentan amenazas y agresiones.
1Concedida el 10 de marzo de 1995 mediante Acuerdo Ministerial 148-95, del Ministerio de Gobernación.
2PBI, “Desalojo violento de la Resistencia Pacífica de La Puya”, Guatemala, 3.06.2014, www.pbi-guatemala.org/field-projects/pbi-guatemala/latest-news/news/